Comité Contra la Tortura – CAT

https://www.ohchr.org/SP/HRBodies/CAT/Pages/CATIntro.aspx

El Comité Contra la Tortura (CAT, por sus siglas en inglés), es el órgano que supervisa la aplicación de la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes (la Convención) por sus Estados Partes. Se reúne en Ginebra y celebra normalmente tres periodos de sesiones al año. El Comité ejerce las funciones de:

  • Desarrollar, ampliar o aclarar el contenido de las normas y estándares de los derechos de la Convención a través de Observaciones Finales (OF).
  • Velar por el cumplimiento de las obligaciones de los Estados establecidas en la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes y las Observaciones Generales, mediante Exámenes Periódicos.
  • Emitir Recomendaciones a los Estados examinados y hacer seguimiento a su implementación, de acuerdo con las normas y tiempos estipulados.
  • Examinar las denuncias individuales o las comunicaciones de particulares que aleguen que sus derechos, amparados por la Convención, han sido vulnerados, puede realizar investigaciones, y también puede examinar las denuncias entre Estados.
  • Visitar lugares donde se mantiene a personas privadas de libertad en los Estados Partes, por el Protocolo Facultativo del Convención que creó el Subcomité para la Prevención de la Tortura (SPT).

El artículo 19 de la Convención establece que todos los Estados Parte deben presentar al CAT, por conducto del Secretario General de las Naciones Unidas, los informes relativos a las medidas que hayan adoptado para dar efectividad a los compromisos que han contraído en virtud de la Convención. El CAT realiza un Procedimiento de Examen con base en el Informe Nacional consignado por el Estado y contribuciones de otras partes interesadas como la sociedad civil, tanto nacional como internacional.

Como resultado del examen, el Comité expresa de forma escrita sus preocupaciones y recomendaciones al Estado en un documento de Observaciones Finales (OF). Al año de ratificar la Convención, los Estados Parte deben presentar el primer informe y luego cada cuatro años sobre cualquier nueva disposición que se haya adoptado, así como los demás informes que solicite el Comité.

Las organizaciones de la sociedad civil (OSC) desempeñan un rol fundamental en los exámenes del CAT para promover y aplicar la Convención. A tales fines, el Comité insta a las OSC a presentar Informes Alternativos sobre la aplicación de algunas o de todas las disposiciones del Pacto, así como proporcionar más información sobre el Informe Nacional y la Lista de Cuestiones que elabora el Comité para ampliar este último. Asimismo, las OSC pueden contribuir al seguimiento de la implementación de las recomendaciones del CAT según las normas y tiempos establecidos.

La última revisión de Venezuela se realizó en su 4to Examen de la Convención durante la Sesión N°53 del CAT, en el mes de Noviembre 2014. En las Observaciones Finales de este examen, el CAT solicitó a Venezuela presentar un nuevo Informe Nacional en Noviembre 2018 para su 5to examen, lo cual no ha ocurrido hasta la fecha conforme a lo indicado por Naciones Unidas en:

https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/TreatyBodyExternal/Countries.aspx?CountryCode=VEN&Lang=SP