https://www.ohchr.org/SP/HRBodies/CCPR/Pages/CCPRIntro.aspx
El Comité de Derechos Humanos (CCPR por sus siglas en inglés) es el órgano que supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). Se reúne en Ginebra y celebra normalmente tres periodos de sesiones al año. El Comité ejerce las funciones de:
- Desarrollar, ampliar o aclarar el contenido de las normas y estándares de los derechos del PIDCP a través de Observaciones Generales.
- Velar por el cumplimiento de las obligaciones de los Estados establecidas en el PIDCP y las Observaciones Generales, mediante Exámenes Periódicos.
- Emitir recomendaciones a los Estados examinados y hacer seguimiento a su implementación, de acuerdo con las normas y tiempos estipulados.
- Recibir denuncias de particulares sobre violaciones del PIDC por el Protocolo Facultativo del CCPR sobre Comunicaciones Individuales (CCPR-OP1).
El artículo 40 del PIDCP establece que todos los Estados Parte deben presentar al CCPR Informes Nacionales sobre el cumplimiento de sus obligaciones en las jurisdicciones nacionales. El CCPR realiza un Procedimiento de Examen con base en el Informe Nacional consignado por el Estado y contribuciones de otras partes interesadas como la sociedad civil, tanto nacional como internacional.
Como resultado del examen, el Comité expresa de forma escrita sus preocupaciones y recomendaciones al Estado en un documento de Observaciones Finales (OF). Al año de ratificar el PIDCP, los Estados Parte deben presentar el primer informe y luego de manera periódica de acuerdo con las recomendaciones del Comité indicadas en las OF.
Las organizaciones de la sociedad civil (OSC) desempeñan un rol fundamental en los exámenes del CCPR para promover y aplicar el PIDCP. A tales fines, el Comité insta a las OSC a presentar Informes Alternativos sobre la aplicación de algunas o de todas las disposiciones del Pacto, así como proporcionar más información sobre el Informe Nacional y la Lista de Cuestiones que elabora el Comité para ampliar este último. Asimismo, las OSC pueden contribuir al seguimiento de la implementación de las recomendaciones del CCPR según las normas y tiempos establecidos.
La última revisión de Venezuela se realizó en su 4to Examen del PIDCP durante la Sesión N°114 del CCPR, entre los meses de Junio-Julio 2015. En las Observaciones Finales de este examen, el CCPR solicitó a Venezuela presentar un nuevo Informe Nacional para su 5to examen, lo cual no ha ocurrido hasta la fecha conforme a lo indicado por Naciones Unidas en: