Comité de Protección de los Derechos de todo los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares – CMW

https://www.ohchr.org/SP/HRBodies/CMW/Pages/CMWIntro.aspx

El Comité de Protección de los Derechos de todo los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (CMW por sus siglas en inglés) es un órgano de derechos humanos establecido en 2004, con el objetivo de velar y supervisar la aplicación de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (1990). El CMW realiza dos periodos de sesiones al año en la sede de Naciones Unidas en Ginebra.

El CMW ejerce las funciones de:

  • Realizar aclaraciones o interpretaciones del contenido de la Convención, llamados Comentarios Generales.
  • Realizar exámenes periódicos para evaluar el cumplimento y desempeño de los Estados partes sobre los derechos y estándares establecidos en la Convención, a través de la revisión de informes.
  • Recepción de comunicaciones individuales e investigaciones, una vez diez Estados acepten las competencias del Comité en este ámbito.

 

El artículo 73 de la Convención establece que todos los Estados Parte deben presentar al Comité Informes Nacionales sobre el cumplimiento de sus obligaciones en las jurisdicciones nacionales. El CMW realiza un Procedimiento de Examen con base en el Informe Nacional consignado por el Estado y contribuciones de otras partes interesadas como la sociedad civil, tanto nacional como internacional.

 

Como resultado del examen, el Comité expresa de forma escrita sus preocupaciones y recomendaciones al Estado en un documento de Observaciones Finales (OF). Al año de ratificar la Convención, los Estados Parte deben presentar el primer informe, en lo sucesivo por lo menos cada cinco años y, además, cada vez que el Comité lo solicite.

El CMW también recibe informes elaborados por organizaciones de la sociedad civil (OSC), los Informes Alternativos, como establece el artículo 74 de la Convención. Luego del debate general entre los miembros del Comité, con participación de OSC y el Estado. Posteriormente, el CMW realiza recomendaciones que el Estado parte debe implementar para corregir o mejorar su cumplimento con lo establecido en la Convención.

Venezuela presentó su primer informe en la 29° sesión del CMW, llevado a cabo en septiembre 2018, y le corresponde presentar el siguiente Informe Nacional en la 32° sesión, a realizarse en abril 2021.

Más información en:

https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CCPR%2fC%2f104%2f3&Lang=es