Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos brinda 21 nuevas recomendaciones al Estado venezolano

(Ginebra, 15/07/2020) La Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), en voz de Nada Al- Nashif (Alta Comisionada Adjunta), presentó un nuevo informe ante los 47 Estados miembros del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, en cumplimiento con el mandato establecido en la resolución 42/25, donde indica a la OACNUDH la necesidad de reportar ante el organismo el estado del sistema de justicia venezolano, el accesso a la justicia y los efectos del Arco Minero del Orinoco en los derechos humanos.

La OACNUDH en el nuevo informe afirma que a pesar de algunos esfuerzos realizados por el Estado venezolano para fortalecer el sistema de justicia y la investigación por violaciones de derechos humanos, su capacidad de respuesta y acceso sigue siendo muy limitada y deficiente, incluyendo la capacidad de brindar protección y reparación a las víctimas, en especial a las mujeres. Esto es debido a múltiples causas, entre ellas falta de infraestructura, mecanismos que no generan confianza entre la población y la falta de independencia del sistema judicial.

En el informe también se documenta las amplias violaciones de derechos humanos de las cuales son víctimas los trabajadores mineros, comunidades cercanas y las poblaciones indígenas. Desde violencia generalizada por grupos armados irregulares, explotación laboral, trabajo infantil,  explotación sexual y actividades laborales que se realizan de manera insegura, y con alta exposición a enfermedades y contaminación por mercurio. Además, destaca el gran impacto que estas actividades han tenido sobre la vida de las poblaciones indígenas: comunidades expuestas  a altos niveles de mercurio, en especial en la mujeres indígenas quienes tienen un mayor contacto con las fuentes de aguas contaminadas por las operaciones mineras; pérdida del control de su territorio y socavamiento de su derecho a la autodeterminación; también actos de violencia e intimidación que se pudieron documentar desde el año 2018. En el informe la OACNUDH destaca la falta de transparencia por parte del Estado venezolano sobre el alcance de las actividades mineras.

Dado estas situaciones que evidencia la agudización de la violaciones de los derechos humanos bajo el Arco Minero y los grandes obstáculos que enfrenta la población para acceder a la justicia, la Oficina de la Alta Comisionada da al Estado venezolano 21 recomendaciones que buscan solventar estas problemáticas. Estas nuevas observaciones se suman a las 85 anteriores, que inician en 2017 bajo el mandato del anterior Alto Comsionado Zeid Ra’ad Al Hussein, dando en total hasta la fecha 104 recomendaciones dadas al Estado venezolanos por la OACNUDH.

Recomendaciones

a) Emprenda las reformas del poder judicial anunciadas por el Gobierno en enero de 2020 con el fin de garantizar su independencia, imparcialidad, transparencia, accesibilidad y eficacia;

b) Establezca un mecanismo independiente, imparcial y transparente para aumentar el número de jueces y fiscales titulares por medio de un proceso público transparente;

c) Publique el mandato de los tribunales con competencia en delitos relacionados con el terrorismo y adopte todas las medidas necesarias para garantizar su independencia e imparcialidad y la transparencia, así como el estricto cumplimiento de las normas internacionales en materia de derechos humanos;

d) Ponga fin al enjuiciamiento de civiles por tribunales militares y asegure que la jurisdicción de estos se limite a los delitos militares cometidos por miembros activos de las fuerzas armadas;

e) Conduzca investigaciones prontas, exhaustivas, independientes, imparciales y transparentes sobre las alegaciones de violaciones a los derechos humanos, incluyendo la privación de la vida, la desaparición forzada, la tortura, la
violencia sexual y la violencia de género en las que se involucran elementos de las fuerzas de seguridad, lleve a los perpetradores ante la justicia y garantice una reparación adecuada a las víctimas;

f) Cese inmediatamente cualquier acto de intimidación, amenazas y represalias por miembros de fuerzas de seguridad en contra de familiares de las víctimas que buscan justicia;

g) Garantizar que las asociaciones de abogados recuperen su independencia y plena autonomía permitiéndoles elecciones internas libres;

h) Garantizar la independencia de la Defensoría Pública mediante la asignación suficiente de fondos y una adecuada formación; y respetar el derecho de los inculpados de asignar a un abogado de su elección;

i) Revise los protocolos y métodos del Ministerio Público con el objeto de brindar a las víctimas de violaciones de derechos humanos y sus familias una atención y un apoyo con perspectivas de género;

j) Restaure la capacidad de la Unidad Criminalística contra la Vulneración de Derechos Fundamentales, dependiente del Ministerio Público, para realizar exámenes forenses independientes de los casos de violaciones a los derechos
humanos presuntamente cometidas por miembros de las fuerzas de seguridad;

k) Publique un informe sobre las investigaciones y los procesos penales relativos a las muertes ocurridas en el contexto de protestas en 2014, 2017 y 2019;

l) Adopte las reglamentaciones y protocolos necesarios para asegurar el cumplimiento de todos los derechos y obligaciones contemplados en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y
adoptar medidas efectivas para ayudar y proteger a las víctimas, incluidas las mujeres y los niños, frente a todas las formas de violencia;

m) Establezca un sistema de recopilación sistemática de datos estadísticos sobre la violencia contra la mujer, desglosados por formas de violencia, número de denuncias, enjuiciamientos, condenas y sentencias impuestas a los
perpetradores;

n) Asegure que toda la actividad minera de la República Bolivariana de Venezuela se lleve a cabo de conformidad con las normas y estándares de derechos humanos, los estudios de impacto socio-cultural y ambiental y que se cumplan las normas ambientales nacionales e internacionales;

o) Emprenda y publique estudios fundamentales en relación con el Arco Minero del Orinoco, como, por ejemplo, estudios de impacto ambiental y social, análisis de las tasas de actos de violencia y homicidios y compilación de datos socioeconómicos de la población que vive dentro del AMO y las zonas aledañas, con inclusión de indicadores relativos a los derechos económicos, sociales y culturales;

p) En cumplimiento de las normas internacionales en materia de derechos humanos, lleve a cabo investigaciones efectivas y transparentes y operaciones de aplicación de la ley con el fin de desmantelar a las bandas criminales y elementos armados que controlan las actividades mineras, combatir la corrupción y enjuicie y sancione a los responsables de crímenes y violaciones de derechos humanos en el AMO y las zonas aledañas;

q) Adopte medidas urgentes para poner fin a la explotación laboral y sexual, el trabajo infantil y la trata de personas dentro del AMO, y asegure la regularización de las actividades mineras en condiciones de respeto del derecho a condiciones de trabajo justas y favorables;

r) Asegure que se realicen consultas adecuadas y representativas con todos los pueblos indígenas antes de la adopción o implementación de cualquier decisión, actividad o medida que pueda afectarles, con inclusión de las
eventuales repercusiones que estas tengan en sus tierras, territorios yrecursos tradicionales;

s) Asegure que los pueblos indígenas puedan disfrutar de su derecho colectivo a vivir en libertad, paz y seguridad, y que puedan poseer, usar, desarrollar y controlar sus tierras, territorios y recursos, incluso mediante la demarcación de las tierras tradicionales;

t) Revoque la Resolución 0010 relativa a la minería en ríos; y

u) Proporcione reparaciones a los pueblos indígenas afectados por las actividades mineras, incluso en el área geográfica del AMO, actuando en consulta con estos pueblos.

Informe completo