Resolución del Consejo de Derechos Humannos ONU Fortalecimiento de la cooperación internacional en la esfera de los derechos humanos»

(Ginebra, 18/07/2019) Durante el °41 periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas fue aprobada la resolución «Fortalecimiento de la cooperación internacional en la esfera de los derechos humanos», la cual fue presentada por las delegaciones de Venezuela y Palestina.

La resolución se centra en el fortalecimiento de la cooperación entre los Estados y los sistemas internacionales de protección de derechos humanos.

La resolución establece:

  1. Reafirma que uno de los propósitos de las Naciones Unidas, así como la responsabilidad primordial de los Estados, es promover, proteger y fomentar el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales mediante, entre otras cosas, la cooperación internacional;
  2.  Reconoce que, además de la responsabilidad particular que tienen los Estados respecto de sus propias sociedades, incumbe a todos ellos la responsabilidad colectiva de defender los principios de la dignidad humana, la igualdad y la equidad en el plano mundial;
  3. Reafirma el deber de los Estados de cooperar entre sí, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, para promover el respeto y la observancia universales de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, lo que incluye la eliminación de todas las formas de discriminación racial y de intolerancia religiosa;
  4. Subraya que los Estados se han comprometido a cooperar y colaborar con las Naciones Unidas, de conformidad con la Carta, para lograr el respeto y la observancia universales de los derechos humanos;
  5. Reafirma que los Estados deben hacer efectivos sus derechos y cumplir sus deberes de modo que promuevan un nuevo orden económico internacional basado en la igualdad soberana, la interdependencia, el interés común y la cooperación entre todos los Estados, y fomenten la observancia y el disfrute de los derechos humanos;
  6. Reafirma también que el diálogo entre las culturas y las civilizaciones, y dentro de ellas, facilita la promoción de una cultura de tolerancia y de respeto de la diversidad, y a este respecto acoge con beneplácito la celebración de conferencias y reuniones a nivel nacional, regional e internacional sobre el diálogo entre civilizaciones;
  7. Insta a todos los actores de la escena internacional a que construyan un orden internacional basado en la inclusión, la justicia, la igualdad y la equidad, la dignidad humana, el entendimiento mutuo y la promoción y el respeto de la diversidad cultural y los derechos humanos universales, y a que rechacen todas las doctrinas de exclusión basadas en el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;
  8. Expresa su preocupación por la persistente imposición del unilateralismo y de medidas coercitivas unilaterales, que menoscaban el bienestar de la población de los países afectados y crean obstáculos al pleno ejercicio de sus derechos humanos, y reafirma la importancia de la cooperación y la solidaridad internacionales para hacer frente a los efectos negativos de esas medidas;
  9. Resuelve promover el respeto de la diversidad cultural y preservarla, tanto dentro de las comunidades y naciones como entre ellas, respetando al mismo tiempo el derecho de los derechos humanos, incluidos los derechos culturales, con miras a crear un mundo multicultural armonioso;
  10. Exhorta a la comunidad internacional a que aproveche al máximo los beneficios de la globalización, entre otras cosas, fortaleciendo y mejorando la cooperación internacional y las comunicaciones mundiales para promover el entendimiento y el respeto de la diversidad cultural;
  11. Reafirma la importancia de fortalecer la cooperación internacional para promover y proteger los derechos humanos y alcanzar los objetivos de la lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;
  12. Considera que la cooperación internacional en la esfera de los derechos humanos, de conformidad con los propósitos y principios enunciados en la Carta y en el derecho internacional, debe contribuir de forma eficaz y práctica a la urgente tarea de prevenir las vulneraciones de los derechos humanos y las libertades fundamentales;
  13. Reafirma que cada Estado tiene el derecho inalienable a elegir libremente y desarrollar, de conformidad con la voluntad soberana de su pueblo, su propio sistema político, social, económico y cultural, sin injerencia de ningún otro Estado o actor no estatal, en estricta conformidad con la Carta, la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales pertinentes;
  14. Pone de relieve nuevamente que los actos, métodos y prácticas terroristas, en todas sus formas y manifestaciones, son actividades tendientes a la destrucción de los derechos humanos, las libertades fundamentales y la democracia, que amenazan la integridad territorial y la seguridad de los Estados y desestabilizan los Gobiernos;
  15. Pone de relieve nuevamente también la necesidad de promover un enfoque cooperativo y constructivo de la promoción y protección de los derechos humanos, y de seguir realzando la función del Consejo de Derechos Humanos en la promoción de los servicios de asesoramiento, la asistencia técnica y el fomento de la capacidad a fin de apoyar las iniciativas encaminadas a lograr la efectividad, en igualdad de condiciones, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, cuando proceda;
  16. Reafirma que la promoción, protección y plena efectividad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales deben estar guiadas por los principios de universalidad, no selectividad, objetividad y transparencia y por el fortalecimiento de la cooperación internacional, de manera compatible con los propósitos y principios enunciados en la Carta;
  17. Pone de relieve la importancia del examen periódico universal en tanto que mecanismo basado en la cooperación y el diálogo constructivo cuyo objetivo es, entre otras cosas, mejorar la situación de los derechos humanos sobre el terreno y promover el cumplimiento de las obligaciones y los compromisos asumidos por los Estados en materia de derechos humanos;
  18. Pone de relieve también la necesidad de que todos los interesados adopten un enfoque constructivo y de cooperación para resolver las cuestiones de derechos humanos en los foros internacionales;
  19. Pone de relieve además la contribución de la cooperación internacional a loscesfuerzos nacionales y el aumento de la capacidad de los Estados en la esfera de los derechos humanos, entre otras cosas mediante el fortalecimiento de su cooperación con los mecanismos de derechos humanos, incluida la prestación de asistencia técnica, a petición de los Estados interesados y de conformidad con las prioridades fijadas por estos;
  20. Toma nota de la información anual actualizada sobre las actividades de la Junta de Síndicos del Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para la Cooperación Técnica en Materia de Derechos Humanos;
  21. Solicita a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que trate de mejorar el diálogo con los representantes de los países que tradicionalmente no son donantes con miras a ampliar la base de donantes y a reponer los recursos disponibles para los fondos;
  22. Solicita también a la Oficina del Alto Comisionado que aclare el proceso mediante el cual los Estados pueden solicitar asistencia a los fondos, y que tramite esas solicitudes de una manera oportuna y transparente que dé una respuesta adecuada a los Estados solicitantes;
  23. Insta a los Estados a que sigan prestando apoyo a los fondos;
  24. Exhorta a los Estados, los organismos especializados y las organizaciones intergubernamentales a que sigan manteniendo un diálogo constructivo y cooperativo y celebrando consultas para mejorar la comprensión y la promoción y protección de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, y alienta a las organizaciones no gubernamentales a que contribuyan de manera activa a esa labor;
  25. Exhorta a los Estados a que sigan promoviendo iniciativas encaminadas a fortalecer la cooperación internacional en la esfera de los derechos humanos sobre las cuestiones de interés e inquietud comunes, teniendo presente la necesidad de promover un enfoque cooperativo y constructivo a este respecto;
  26. Insta a los Estados a que adopten las medidas necesarias para fortalecer la cooperación bilateral, regional e internacional a fin de hacer frente a los efectos perjudiciales en el pleno disfrute de los derechos humanos de las crisis mundiales sucesivas y acumuladas, como las crisis financieras y económicas, las crisis alimentarias, el cambio climático y los desastres naturales, y las crisis de refugiados;
  27. Reconoce que la respuesta de la comunidad internacional a las pandemias que constituyen una amenaza para la salud pública y a diversos desastres naturales es un ejemplo de solidaridad y cooperación internacional que debe imitarse;
  28. Solicita a todos los Estados Miembros y al sistema de las Naciones Unidas que exploren y fomenten los elementos complementarios de la cooperación Norte-Sur, Sur-Sur y triangular, con el objetivo de fortalecer la cooperación internacional en la esfera de los derechos humanos;
  29. Toma nota del informe de la Alta Comisionada sobre el establecimiento y fortalecimiento de la cooperación internacional en la esfera de los derechos humanos presentado al Consejo de Derechos Humanos en su 41er período de sesiones;
  30. de la Oficina del Alto Comisionado en relación con el establecimiento y fortalecimiento de la cooperación internacional en la esfera de los derechos humanos, en el que se propongan también posibles formas de hacer frente a los desafíos que se plantean en la promoción y protección de los derechos humanos, incluido el derecho al desarrollo, y que presente el informe al Consejo de Derechos Humanos en su 44º período de sesiones;
  31. Invita a los Estados y a los mecanismos y procedimientos de derechos humanos de las Naciones Unidas pertinentes a que sigan prestando atención a la importancia de la cooperación y la comprensión mutuas y del diálogo para asegurar la promoción y protección de todos los derechos humanos;
  32. Recuerda que, en su resolución 72/171, la Asamblea General solicitó al Consejo de Derechos Humanos que considerase nuevas propuestas para fortalecer las actividades de las Naciones Unidas en la esfera de los derechos humanos mediante el fomento de la cooperación internacional y la importancia de los principios de la no selectividad, la imparcialidad y la objetividad, incluso en el contexto del examen periódico universal;
  33. Recuerda también que, en su resolución 73/168, la Asamblea General solicitó
    al Secretario General que, en colaboración con la Alta Comisionada, celebrase consultas con los Estados y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales sobre los medios de fortalecer la cooperación internacional y el diálogo genuino entre los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, incluido el Consejo de Derechos Humanos, y sobre los obstáculos y desafíos existentes y posibles propuestas para superarlos;
  34. Decide seguir examinando la cuestión en el 44º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, de conformidad con su programa de trabajo anual

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