Examen de Venezuela en el Primer Ciclo del EPU, 2011-2012

En octubre de 2011, Venezuela fue por primera vez examinada en el EPU. El mecanismo de examen, creado en el año 2007 por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en el que son evaluados todos los Estados miembros de la ONU, es una oportunidad para exponer abiertamente a la luz pública nacional e internacional y evaluar de manera exhaustiva los compromisos y obligaciones de los Estados en materia de derechos humanos.

SESIÓN DE DIÁLOGO INTERACTIVO

La Sesión de Diálogo Interactivo se realizó el 7 de octubre de 2011, con base en:

Informe del Estado Venezolano  y Adendum (Publicación en Venezuela)

Informe de la Defensoria del Pueblo

Informe de la OACDH sobre Exhortaciones y Recomendaciones de Órganos de Protección

Informe de la OACDH sobre 576 Informes de Organizaciones Nacionales y Extranjeras

50 Estados hicieron recomendaciones durante esta sesión y 26 consignaron las suyas de manera escrita. Los Estados que participaron en la sesión interactiva consignaron un total de 148 recomendaciones, de las cuales 95 (64%) fueron aceptadas en la sesión y 53 (35,8%) no lo fueron.

Informe del Consejo de Derechos Humanos sobre Sesión Interactiva del EPUVenezuela

Resumen de opiniones del Estado para el Rechazo de Recomendaciones

Informe sobre EPU Venezuela 2011 /CivilisDDHH

Durante la revisión de la situación de Venezuela, los Estados dieron importancia a 29 temas en derechos humanos, ocupando mayor relevancia el derecho a la libertad de expresión, los derechos de las personas privadas de libertad, los derechos sociales en general, la independencia del poder judicial, los derechos de la mujer, el derecho a la vida y a la integridad personal.

Asimismo, fueron de gran importancia las solicitudes pendientes de ratificación de protocolos y convenios internacionales, la protección de los defensores y organizaciones de derechos humanos, las solicitudes de visita al país o de invitación permanente a representantes de órganos de los sistemas internacionales de protección y de la cooperación internacional.

En cuanto a la respuesta del Estado venezolano a las recomendaciones, es significativo que siendo la libertad de expresión el tema de preocupación más mencionado, 79% de las referidas a este derecho fueron rechazadas. Igualmente ocurrió con el reconocimiento y protección de defensores de los derechos humanosrechazando el 75% de las recomendaciones— y la independencia del poder judicial —rechazando el 100%.

El Estado rechazó también la única recomendación referida a la implementación de un Plan Nacional de Derechos Humanos, de amplia consulta con la sociedad civil -realizada por Brasil- y la de cumplir con las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, hecha por Bélgica.

Otro resultado relevante es que la mayoría de las recomendaciones aceptadas por el Estado, fueron consideradas en virtud de estar implementadas o en proceso implementación. Entre ellas, las relacionadas con erradicación de la pobreza, los derechos de las mujeres, la participación a través del Poder Popular, el derecho a la salud, el derecho a la educación, el derecho a la vivienda y los derechos de los pueblos indígenas, personas LGBTI, personas con VIH y personas afrodescendientes. En gran parte de las aceptadas, los Estados emisores recomendaron al Estado venezolano continuar los avances señalados en el Informe Nacional y la solidaridad de asistencia a otros países.

Dentro de los nuevos compromisos, el Estado aceptó recomendaciones sobre derechos de las personas privadas de libertad y solicitudes de ratificación de protocolos y convenios internacionales, especialmente los referidos a derechos de personas con discapacidad y solicitantes de refugio. Asimismo, resultaron aceptadas las referidas al seguimiento del EPU y a la función primordial de la Defensoría del Pueblo en la vigilancia de la situación de los derechos humanos, como Institución Nacional de Derechos Humanos regida por los Principios de París.

INFORMES DE LA SOCIEDAD CIVIL

Diversas organizaciones venezolanas e internacionales consignaron un total de 576 informes para ser considerados por los Estados que participaron en el examen de Venezuela. De los informes consignados por organizaciones venezolanas, 48 (8,3%) procedían de redes y coaliciones de derechos humanos, 45 (7,8%) de otras organizaciones autónomas y 290 (50,4%) de Consejos Comunales y Salas de Batalla.

En los 48 informes de redes y coaliciones venezolanas de derechos humanos, participaron más de 150 organizaciones de la sociedad civil venezolana, que presentaron 88 recomendaciones agrupadas en 34 temas sobre situaciones de severa restricción y violación de los derechos humanos en Venezuela. Ver aquí Matriz de incidencia de la Sociedad Civil para el EPU

También enviaron informes organizaciones internacionales, de las cuales 92 (16%) fueron bolivianas, 14 (2,4%) norteamericanas, 12 (2,1%) cubanas, 11 (1,9%) españolas y 11 (1,9%) paraguayas. Otros 40 informes fueron enviados por organizaciones de Las Américas (Argentina, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Granada, Guyana, México, Nicaragua, El Salvador, Trinidad y Tobago, y Uruguay); 8 informes por organizaciones europeas (Alemania, Francia, Italia, Portugal, Suiza y Reino Unido) y 1 por una organización japonesa.

INFORME DE ÓRGANOS DEL SISTEMA

La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (OACDH) presentó un informe que recoge la situación del Estado venezolano sobre el cumplimiento de obligaciones internacionales, la cooperación con los órganos de procedimientos especiales o relatorías y la implementación de medidas, exhortaciones y recomendaciones realizadas por órganos del sistema universal y regional de protección de los derechos humanos.

En este Informe la OACDH consideró como actos de grave incumplimiento:

a) La sentencia del TSJ de 2009 que declaró “inejecutable” un fallo de la Corte IDH, desconociendo su valor obligatorio, y la solicitud de denunciar la Convención Americana sobre Derechos Humanos hecha en esta sentencia;

b) La privación arbitraria de libertad de la jueza Afiuni, como represalia por el ejercicio legítimo de sus funciones constitucionales y el intento de reprimir la independencia de los jueces y abogados del país a través de esta medida; y

c) La incompatibilidad de la legislación vigente en materia de libertad de expresión con las obligaciones de la Convención Americana de Derechos Humanos.

Situación de la cooperación con el sistema

En lo que se refiere a la cooperación del Estado venezolano con los órganos del Sistema Universal de Protección de Derechos Humanos, el Informe de la OACDH estableció que hasta ahora el Estado no ha cursado invitación permanente ni ha dado autorización a 6 solicitudes de visitas hechas por diferentes Relatores; tampoco ha autorizado ninguna solicitud de visita de la OIT desde el año 2005.

Asimismo, el Estado venezolano solo había respondido 7 de 24 cuestionarios enviados por titulares de mandatos de procedimientos especiales. Además, no se han llevaron a efecto acuerdos de cooperación ante la problemática de las ejecuciones extrajudiciales, ni se había utilizado el ofrecimiento de asistencia técnica y cooperación en materia de justicia de menores.

Por otra parte, se indicaron considerables retrasos en la presentación de Informes sobre el cumplimiento de tratados internacionales de derechos humanos ratificados; especialmente en el suministro de información sobre infancia, tortura y derechos sociales. Para ese momento existían 7 años de retraso en la presentación de informes al Comité de Derechos Humanos y al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que supervisan el cumplimiento de los dos principales tratados internacionales de derechos humanos.

Año Informes e Información Pendiente
2004 Informe al Comité de los derechos del Niño (CRC) sobre Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados (OP-CRC-SC)
2004 Informe al Comité contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT)
2005 Informe al Comité de los Derechos del Niño (CRC) sobre Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (OP-CRC-AC)
2005 Informe al Comité de Derechos Humanos (CDH)
2006 Informe al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR)
2008 Informe al Comité para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (CERD)
2008 Informe al Comité para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW)
—- Proporcionar estadística desagregada sobre afrodescendientes en general, personas indígenas y afrodescendientes asesinadas en conflictos por tierra, personas indígenas ubicadas en el Alto Orinoco y las cuencas del Casiquiare y Guainía-Río Negro
—- Proporcionar información sobre medidas adoptadas en tortura, detención policial, cárceles, situación del poder judicial y normas del debido proceso

Ratificaciones e implementaciones pendientes de tratados

En materia de ratificaciones de instrumentos internacionales de derechos humanos, el informe de la OACDH señala al menos 12 que no han sido ratificados por el Estado venezolano o falta completar el procedimiento establecido de ratificación, como lo es el caso del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador).

Convenciones y Protocolos no ratificados
1 Protocolo Adicional en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador)
2 Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad
3 Protocolo facultativo sobre los derechos de las personas con discapacidad
4 Protocolo facultativo contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes
5 Protocolo facultativo sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer
6 Protocolo facultativo sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía
7 Convención sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares
8 Convención para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas
9 Convención sobre el Estatuto de los Refugiados y su Protocolo
10 Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados
11 Convención para Reducir los Casos de Apatridia
12 Convención sobre el Estatuto de los Apátridas

También se señalaron 14 situaciones de incumplimiento en la implementación de convenciones ratificadas y declaraciones de compromiso, entre las cuales se encuentran el Estatuto de Roma, los Tratados de Derecho Humanitario, las Reglas Mínimas de la ONU para el Tratamiento de los Reclusos, Resoluciones de la OIT, la Convención contra la Tortura, la Declaración de Viena y Principios de París.

Implementaciones no cumplidas
1 Implementar el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional
2 Implementar los Tratados de Derecho Internacional Humanitario
3 Implementar las Reglas Mínimas de la ONU para el Tratamiento de los Reclusos
4 Implementar Medidas provisionales dictadas por CIDH y CorteIDH para garantizar los derechos de la vida y la seguridad de los presos en varias cárceles
5 Implementar Medida de la CorteIDH de restitución de puestos de trabajo a un grupo de jueces provisionales cesados
6 Implementar Resoluciones de la OIT en relación al caso de UNAPETROL
7 Implementar Medidas para garantizar la no discriminación de trabajadores debido a sus opiniones políticas, tanto en el sector público como en el privado, de conformidad con el Convenio Nº 111 (1958) relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación
8 Implementar la eliminación en la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo toda restricción de los derechos de libertad sindical y sindicación garantizados en el Convenio Nº 87 (OIT)
9 Implementar Medida para aplicar Pacto de objeción de conciencia y servicio alternativo sin discriminación
10 Implementar Independencia de la Defensoría del Pueblo en consonancia con los Principios de París
11 Implementar Tipificación de tortura como delito específico según definición prevista en el artículo 1 de la Convención contra la Tortura
12 Implementar Adopción de definición ampliada de refugiado contenida en la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados, de 1984
13 Implementar Plan Nacional de Derechos Humanos como lo estableció la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de 1993
14 Afirmar públicamente apoyo a la legítima labor de los defensores de los derechos humanos como se establece en la Declaración de 1996 de la ONU sobre los Defensores de Derechos Humanos

Derechos relevantes del examen

En el informe de la OACDH se recogieron también preocupaciones manifestadas por los órganos del Sistema Universal de Protección de Derechos Humanos, en una diversidad de temas:

Respecto de las libertades fundamentales:

1) en el derecho a la justicia, por la provisionalidad de los jueces que supone una condición limitante de su independencia;

2) en la libertad de expresión, por normas incompatibles con los instrumentos internacionales de derechos humano, la revocación de licencias estatales a emisoras de radio y televisión, el cierre colectivo de canales de televisión por cable, y los actos de hostigamiento, intimidación y amenazas contra Globovisión;

3) en la libertad de asociación, por una posible afectación a la estabilidad de las ONG que reciben fondos internacionales sin otros ingresos, la creación de obstáculos debido a dobles requisitos de inscripción civil e institucional, y las restricciones establecidas en la Ley de Autodeterminación y Soberanía Nacional;

4) en el derecho a la manifestación pacífica, por la criminalización de las acciones sindicales legítimas y un mayor clima de intimidación contra organizaciones sindicales o de empleadores, y sus dirigentes, que no apoyen al Gobierno; y

5) en los derechos a la libertad de credo, por actos de intolerancia religiosa y violencia contra miembros de las comunidades católicas y judías.

Sobre temas sociales:

1) en los derechos sociales, por las todavía profundas y estructurales disparidades socioeconómicas que afectan principalmente a la población afrodescendiente e indígena, las desiguales oportunidades de educación, y la inflación y la insuficiente provisión de oportunidades de empleo;

2) en el derecho a la salud, por las altas tasas de mortalidad materna e infantil y la falta de legislación que garantice un sistema universal de atención a la salud; y

3) en el derecho a la educación, por las insuficientes tasas de matriculación, el elevado abandono escolar después del 1er grado, la baja matricula de los niños indígenas, de ascendencia africana y de zonas rurales, los obstáculos burocráticos para la continuación de estudios de los niños refugiados y solicitantes de asilo, y la aún insatisfactoria calidad de la educación.

Acerca de los derechos de grupos específicos:

1) en los derechos de las mujeres, por la persistencia de actitudes estereotipadas y modelos patriarcales, los altos niveles de violencia y violación o tortura cometidas por fuerzas de seguridad contra mujeres detenidas, la no aplicación de la paridad en la participación política en las elecciones parlamentarias de 2010, las diferencias salariales entre mujeres y hombres; y la penalización de todo aborto no terapéutico que pone en peligro la vida;

2) en los derechos de los trabajadores, por el elevado número de asesinatos de dirigentes sindicales y sindicalistas, y las diferencias considerables con las cifras que suministra el Gobierno;

3) en los derechos de niños, niñas y adolescentes, por prácticas discriminatorias contra niños afro venezolanos, las muertes bajo custodia policial y posibles ejecuciones extrajudiciales cometidas por agentes estatales en «ajusticiamientos de delincuentes» no investigados, las denuncias de malos tratos, la explotación laboral y las peores formas de trabajo infantil, prostitución, trata y venta de niños y adolescentes indígenas, la falta de campañas contra los castigos corporales, los insuficientes espacios para que los niños expresen su opinión, y el número considerable de niños que todavía se encuentran en la pobreza.

Y más específicamente, respecto de los derechos de poblaciones altamente discriminadas:

1) en los derechos de las personas detenidas y privadas de libertad, por las denuncias de actos de tortura cometidos por las fuerzas de seguridad, los altos niveles de retraso procesal, la falta de una política penitenciaria, la ausencia de criterios de separación y clasificación, el aumento de las muertes y lesiones en las cárceles, y la organización de riñas entre los reclusos en presencia de funcionarios;

2) en los derechos de las personas LGBTI, por la no existencia de normas ni políticas que las protejan del rechazo, la discriminación y la violación de sus derechos humanos;

3) en los derechos de los pueblos indígenas, porque todavía no es efectiva la posesión de tierras y recursos, y los indígenas continúan viéndose amenazados y restringidos por las agresiones reiteradas por parte de individuos o grupos privados; y

4) en los derechos de personas solicitantes de refugio, por la situación de muchas personas necesitadas de protección internacional que todavía no la han recibido del Estado, y el acceso relativo a la educación y al mercado laboral por falta de documentación.

Exhortaciones y recomendaciones de los Órganos del Sistema Universal

En relación con las anteriores preocupacios, el informe de la OACDH recogió 36 exhortaciones y recomendaciones presentadas al Estado venezolano.

Exhortaciones y Recomendaciones de los Órganos del Sistema Universal
Protección de DDHH 1 Generar espacios de diálogo con todos los integrantes de la sociedad organizada, independientemente de las tendencias políticas.
2 Superar los obstáculos que impedían que las políticas públicas incorporaran plenamente la perspectiva de derechos humanos.
3 Establecer el programa formativo de jueces en materia de derechos humanos como requisito para el ingreso y la permanencia en la carrera judicial.
4 Fortalecer los sistemas de informaciónsobre igualdad de género, soberanía alimentaria, niñez y adolescencia, medio ambiente, pueblos indígenas y afrodescendientes, personas necesitadas de protección internacional, administración de justicia y seguridad ciudadana
Defensores de DDHH 5 Garantizar a los defensores de derechos humanos su trabajo legítimo, incluido acceso a fuentes de financiación.
Libertad de expresión 6 Reevaluar las disposiciones legislativas sobre medios de comunicación.
7 Mejorar la seguridad de periodistas e investigar los delitos cometidos contra trabajadores de los medios de comunicación e informar sobre esas investigaciones a fin de combatir la impunidad.
Derecho a información 8 Mejorar los registros y estadísticas nacionales y poner esta información a disposición del público.
Derecho a la justicia 9 Garantizar el debido proceso; y diseñar y aplicar políticas y programas de acceso a la justicia, prestando particular atención a las personas privadas de libertad, con ayuda del SNU y el ACNUDH.
10 Fortalecer institucional y materialmente el sistema de administración de justicia y supresión de la provisionalidad en el nombramiento de jueces.
11 Establecer límites a la competencia de los tribunales militares y derogar toda disposición que no resulte conforme con dicho criterio.
Derecho a la educación 12 Alcanzar las Metas del Milenio en educación primaria universal, igualdad de género en el acceso a la educación
Derecho a la salud 13 Aprobar Ley orgánica de la salud dirigida a la consecución de un sistema público nacional de salud
14 Redoblar los esfuerzos para reducir la mortalidad neonatal y materna en todo el país
15 Resolver el problema de la malnutrición y de las bajas tasas de vacunación
16 Integrar la misión sanitaria Barrio Adentro a la red de salud pública y se complementen mutuamente
Derechos de las Mujeres 16 Reforma del Código Penal por normas discriminatorias contra las mujeres.
17 Aprobar el Reglamento de la Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia e introducir las reformas correspondientes en los Códigos Civil y Penal
18 Mejorar los mecanismos para asegurar y ampliar la participación política de la mujer venezolana
19 Acceso efectivo a servicios de salud sexual y reproductiva, en particular las jóvenes, las mujeres de zonas rurales y las mujeres indígenas y de ascendencia africana
20 Asegurar que los autores de actos de violencia contra la mujer sean enjuiciados y debidamente castigados. facilitar a las mujeres (incluidas las indígenas y de ascendencia africana) acceso efectivo a la asistencia letrada
Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 21 Elaborar un Plan de Acción Nacional Integrado en favor de la infancia, en consulta con la sociedad civil y con todos los sectores interesados, que cuente con mecanismos de vigilancia y evaluación, y recursos necesarios
22 Elaborar planes y programas relativos a la trata, la explotación sexual y la venta de niños
23 Garantizar educación a los niños con discapacidad y su inclusión en las escuelas ordinarias; estudiar a fondo la prevención de las discapacidades; y realizar programas de rehabilitación comunitarios
24 Garantizar a los niños de la calle nutrición, alojamiento, atención sanitaria y oportunidades educativas, así como protección  asistencia suficiente
25 Elevar la edad de responsabilidad penal y garantizar que los niños solo permanezcan detenidos como último recurso, separados de los adultos y por el período más breve posible, y que la privación de libertad se revise periódicamente
26 Elevar a 18 años la edad mínima para contraer matrimonio igual para niñas y niños
Pueblos Indígenas 27 Proporcionar documento de identidad para los indígenas basado en la auto identificación de las personas implicadas
28 Fortalecer la educación intercultural bilingüe, la educación en derechos humanos en idiomas indígenas y la realización de campañas educativas sobre salud sexual y reproductiva para las poblaciones rurales, indígenas y afrodescendientes, con enfoque de género e intercultural
29 Poner fin a la violencia relacionada con conflictos por la tierra y adoptar un mecanismo de vigilancia independiente para investigar los hechos.
Personas LGBT 30 Reforma del Registro Civil y de legislación antidiscriminatoria y de reconocimiento legal a las personas LGBT y de las parejas del mismo sexo
Personas Refugiadas 31 Proporcionar documentos de identidad a todos los solicitantes de refugio y refugiados que se encuentren en el territorio venezolano, garantizando el principio de no devolución y otras normas internacionales.
32 Aprobar Reglamento de la Ley de Extranjería y Migración, incluyendo claramente a los refugiados y solicitantes de asilo
33 Definir una política pública para atender a la situación de las personas que necesitan protección internacional
34 Establecer acuerdos para velar por acceso inmediato a condición de refugiado de niños no acompañados

SESIÓN DE ADOPCIÓN DE RECOMENDACIONES

La sesión de adopción de recomendaciones se realizó el 15 de marzo de 2012. En esta sesión, el Estado venezolano finalmente acepto 97 recomendaciones y rechazó 51, de un total de 158 recomendaciones recibidas. Además, Venezuela asumió 9 promesas y compromisos voluntarios. Una de ellas fue actualizar sus informes para examenes de cumplimiento de tratados y de implementación de recomendaciones.

Informe del Consejo de Derechos Humanos sobre Sesión de Adopción de Recomendaciones

Palabras expresadas por Feliciano Reyna en nombre de las Coaliciones Foro por la Vida y Sinergia

Intervención de la Sociedad Civil ante el Consejo de Derechos Humanos

Página EPUVenezuela